meses.

¿Qué es el indiviso en un condominio?

El indiviso es el porcentaje que representa cada unidad privativa sobre el valor total del condominio y, por tanto, su parte de copropiedad en las áreas comunes. Suele usarse para repartir la cuota de mantenimiento y, según el reglamento, para ponderar los votos en asamblea.

Dónde consta

Aparece en la escritura constitutiva del régimen de propiedad en condominio y en la escritura de cada unidad. La suma de los indivisos de todas las unidades da 100 por ciento. Si no lo encuentras, pídele copia al administrador o al notario.

Cómo se usa en las cuotas

Un departamento con 5 por ciento del indiviso paga el 5 por ciento del presupuesto anual, si el reglamento reparte por indiviso. Otros condominios usan un monto igual para todas las unidades. Revisa cuál es tu caso en el reglamento.

Cómo se usa en las votaciones

En algunas asambleas cuentan los votos por unidad y en otras se ponderan por indiviso. Para decisiones importantes, como aprobar una cuota extraordinaria, el quórum depende de la ley local y el reglamento.

Ejemplo ilustrativo de indiviso

Un edificio con presupuesto mensual de 100,000 pesos tiene un departamento con 4 por ciento de indiviso. Su cuota de mantenimiento será 4,000, mientras que uno con 2 por ciento pagará 2,000.

Indiviso y conciliación

Con cuotas distintas por unidad, cada depósito debe cotejarse con un monto esperado específico. Si el monto no coincide con ninguno, probablemente sea un pago parcial. La guía de conciliación explica ese cruce.

Cuando el indiviso y la cuota no coinciden

Es común que una unidad pague una cuota que no refleja su indiviso porque así se acostumbró. Si detectas esa diferencia, llévala a la asamblea con números claros. Corregirla sin acuerdo puede causar conflictos, y mantenerla sin documentar vuelve difícil la conciliación de lo esperado contra lo recibido.

Preguntas frecuentes

¿El indiviso cambia con el tiempo?

Solo si se modifica la escritura constitutiva conforme a la ley.

¿Todas las unidades pagan igual?

No necesariamente; depende de cómo se reparta en el reglamento.

¿Dónde consulto el mío?

En tu escritura o con el administrador.

Fuentes

  1. PROSOC — Procuraduría Social de la Ciudad de México (consultado el )